La dictadura (del latín
dictatūra)
es una forma de gobierno en
la cual el poder se
concentra en torno a la
figura de un solo individuo
(dictador) ó élite,
generalmente a través de la
consolidación de un gobierno
de facto, que se caracteriza
por una ausencia de división
de poderes, una propensión a
ejercitar arbitrariamente el
mando en beneficio de la
minoría que la apoya, la
independencia del gobierno
respecto a la presencia ó no
de consentimiento por parte
de cualquiera de los
gobernados, y la
imposibilidad de que a
través de un procedimiento
institucionalizado la
oposición llegue al poder.
ETIMOLOGÍA DE LA DICTADURA
La La Palabra DICTADURA,
proviene del latín
dictatūra, que significa
"sentarse al frente”. El
término dictador puede
utilizarse tanto a nivel
masculino como femenino,
aunque la Real Academia
Española (RAE) acepta el uso
de la palabra dictadora.
La dictadura romana era el
gobierno extraordinario que
confería a una persona, el
dictador, una autoridad
suprema en los momentos
difíciles, especialmente en
los casos de guerra; la
dictadura nació, al parecer
a propuesta de Tito Larcio,
quien fue además el primero
en ejercer el cargo. El
dictador era nombrado por
uno de los cónsules en
virtud de una orden del
Senado que tenía la potestad
de determinar cuando era
necesario el nombramiento y
quién debía ocupar el cargo.
En un principio, sólo los
patricios podían ser
nombrados dictadores, pero
en el año 356 a. C. se les
reconoció ese mismo derecho
a los plebeyos.
DICTADURA Y SUS FORMULAS
·
Dictadura autoritarista,
totaritalista y fascista
Existe cierta confusión
entre la conceptualización
autoritarista, totalitarista
y fascista, típicas de los
regímenes dictatoriales. Si
bien ambos conceptos están
sumamente interrelacionados,
guardan suficiente
independencia semántica
entre sí. Sin embargo, a lo
largo de un periodo un
gobierno puede y suele tomar
medidas propias de los tres,
e incluso evolucionar y
configurarse de una forma a
otra por lo que determinar
estrictamente las
diferencias para un caso
concreto puede resultar
sumamente complicado.
El término autoritarismo
se consolida como opuesto a
totalitarismo (que es
el que reivindicaba para sí
el fascismo), en los
análisis posteriores al
periodo de entreguerras,
sobre todo el de Juan José
Linz.
[]La
dictadura autoritaria se
diferencia de la dictadura
totalitaria porque la
autoritaria:[]
No tiene una ideología
tan elaborada, el
ensalzamiento del
líder
se hace de forma
meramente
propagandística.
No busca el apoyo de las
masas, sólo someterlas.
Su meta última no es
realizar grandes cambios
en la sociedad sino
únicamente imponer su
poder sobre la misma.
El totalitarismo se
diferencia del autoritarismo
en el grado de intensidad en
que se manifiestan algunos
de sus elementos comunes:
Concentración de poder
en una sola persona o
grupo muy reducido,
usualmente un partido
político o movimiento,
que puede incluso
conducir al culto a la
personalidad del
líder.
Justificación de la
actuación política
mediante una doctrina
global que se manifiesta
en todas las esferas de
la actuación humana:
economía, cultura,
familia, religión.
Empleo sistemático del
terror, por medio de una
policía secreta para
eliminar a la disidencia
u oposición.
Uso de los campos de
concentración para
aislar a la oposición y
enemigos del régimen.
Mientras el
autoritarismo busca
acallar a los disidentes
y evitar sus expresiones
en público, el
totalitarismo en cambio
busca no solo acallar
sino también extirpar
las formas de
pensamiento opuestas,
mediante el
adoctrinamiento y la
remodelación de las
mentalidades.
Uso de venenos y otras
productos mortales en
los restaurantes, Bares,
Hoteles, hostales, etc
Reclutamiento de mujeres
y chicas para matar a
los disidentes políticos
para acabarse con ellos.
Obligar a las mujeres
casadas a matar a sus
maridos para ostentar
cargas nepotistas en la
administración central
del estado o en las
empresas.
Sacrificar o practicar
la brujería a los
parientes de empleados
o funcionarios sin
vínculos familiares con
el Dictador y sus
acólitos.
Propagar el VIH SIDA
ante la población, etc
El elemento esencial que
comparten las dictaduras
totalitarias es la voluntad
de convertir la política
estatal en un mecanismo para
controlar todas las esferas
de la actividad humana y
ocupar todo el espacio
económico, financiero y
sociocultural.
·
DICTADURA MILITAR
Una dictadura militar es una
forma de gobierno
autoritario en la cual, en
mayor o menor grado, las
instituciones ejecutivas,
legislativas y jurídicas son
controladas por las fuerzas
armadas que impiden
cualquier forma de control
democrático.
Suelen originarse como
consecuencia de la supresión
del sistema de gobierno
existente hasta entonces
tras un pronunciamiento
militar o golpe de estado.
Las dictaduras militares
generalmente han justificado
su presencia en el poder
como una manera de traer la
"estabilidad política para
la nación o de rescatarla de
la amenaza de "ideologías
peligrosas"". Los regímenes
militares tienden a
retratarse como
independientes, como un
partido "neutral" que
proporciona una dirección
interina apartidista en
épocas de la agitación, al
tiempo que presentan a los
políticos civiles como
corruptos e ineficaces.
Las dictaduras militares
tienen, de entre otros
objetivos, el
establecimiento de régimen
dictatorial, con sus
múltiples formas con el fin
de perpetuarse en el poder.
Los civiles no tienen nada
que decir, salvo los
parientes del Dictador y sus
acólitos. El régimen
democrático liberal se
considera como ideas
importadas. Cada Dictador
tiene sus falsaos argumentos
para intentar justificar que
la dictadura es el mejor
régimen para algunos
continentes. El genocidio,
los asesinatos selectivos,
la detención de Bienes mal
adquiridos, las detenciones
arbitrarias y sin orden
judicial, Presiones
preventivas de duración
indeterminadas,
intimidaciones,
confinamientos políticos,
estafas, asesinatos de
ciudadanos, envenenamientos,
uso ilegal de armas y
municiones, etc, son las
líneas maestras del DICTADOR
para perpetuarse ilegalmente
en el poder absoluto. Una de
las características casi
universales de un gobierno
militar es la institución de
la ley marcial o de un
estado de la emergencia
permanente, mediante la cual
se eliminan todas las
garantías jurídicas
(derechos civiles, políticos
e incluso sociales) que
protegen a las personas
contra el abuso de poder del
DICTADOR que se convierte en
“Estado”. Los regímenes
militares generalmente no
respetan los derechos
humanos y utilizan la fuerza
y la represión para
silenciar a los disidentes y
opositores políticos.
Mencionaré a continuación
sólo algunos ejemplos de
criminalidad estatal
organizada, que han tenido
como protagonistas a quienes
detentan el poder en el
Estado, sea que se trata de
criminalidad iniciada,
tolerada o fomentada por el
Estado:
·
Delitos contra el honor
contra disidentes a través
de propaganda difamatoria o
directamente calumniosa
perpetrada por la dictadura
·
Deportación mediante
destrucción dirigida de
viviendas y de campos y
matanza de ganado.
·
Dejar morir de hambre a
grupos sociales por razones
políticas y que no cuentan
con el favor del poder,
procurada al dejarlos
dolosamente sin suministros
básicos.
·Secuestros,
detenciones sin debido
proceso, ejecuciones
sumarias por órganos
estatales o para estatales,
desaparecimiento forzado de
personas.
·
Relegación ilegal y
destrucción de los medios de
subsistencia por medio de
traslado forzoso de la
población
·
Destrucción de la identidad
de grupos étnicos,
políticos, religiosos y
sociales mediante ataques a
su identidad cultural,
libertad sexual y traslado
por la fuerza de niños del
grupo a otro grupo.
Si recogiésemos todos estos
hechos en una estadística
criminal mundial, entonces
lo que podríamos llamar
“criminalidad normal”
pasaría claramente a un
segundo plano, tanto bajo
criterios cuantitativos como
bajo criterios cualitativos.
II.-
¿QUIEN ES UN DICTADOR?
·
Un Dictador
Se trata de una persona que
recibe un poder y se
auto-otorga el derecho de
gobernar con poderes
absolutos y sin someterse a
ninguna ley. Sus palabras y
las de sus acólitos deben
ser interpretadas como leyes
por el pueblo, todo ello en
la ausencia absoluta de una
Democracia liberal. En una
dictadura absoluta se habla
de “POR ORDEN DE LA
SUPERIORIDAD” ¿quién es
éste?, EL DICTADOR, el YO
GRANDE. Las leyes en un
régimen democrático impiden
que llegue un dictador al
poder, porque nadie le va
a votar. Un Dictador se
aplica a la persona que
abusa de su superioridad, de
su fuerza o de su poder en
su relación con los demás
déspota, tirano.
Un Dictador, como persona
física, es un Diablo -
Macho. Dotado de
características inhumanas.
Es un antropófago, Brujo,
hechicero, no tiene piedad,
es egoísta, criminal,
cleptocrata, mujeriego,
asesino, etc. que dirige su
pueblo con mano de yerro
para perpetuarse en el país.
Es un enemigo acérrimo de
un cambio democrático.
En la agenda del Dictador
no existe posibilidad de
implementar una democracia
liberal. Cada dictador opta
la democratura (dictadura
camuflada dentro de una
democracia trucada) como
mejor régimen que tiene como
proyecto familiar para
perpetuarse en el poder con
la fuerza armada del
país. Para intentar de
materializar su sueño, el
dictador está siempre
rodeado de varios Generales
(a menudo, sin nivel
académico ni calificación
alguna) pertenecientes a su
familia y acólitos,
olvidando olímpicamente que
no hay un imperio que dura
cien años. Un dictador es un
tirano que asume todos los
poderes del Estado y que no
se somete a control
constitucional ni
legislativo alguno: muchos
de los dictadores de la
historia han accedido al
poder tras un golpe de
Estado. Es un dirigente que
abusa de su autoridad o
trata con dureza a los demás
El dictador No puede a
menudo llegar al poder tras
unas elecciones
limpias y democráticas
sino más bien, a través de
un golpe de estado efectuado
por una coalición
cívico-militar o por las
fuerzas armadas. De esta
forma se crea una dictadura,
sostenida gracias al poderío
del aparato cívico - militar
y a un grupo de Lobby.
Un Dictador es un tirano,
autócrata, cleptocrata,
nepotista, etc
que abusa de su
superioridad, o fuerza o del
poder en su relación con los
demás. Tiene muchas
estrategias para intentar de
engañar a su pueblo que a la
última hora, dirá la última
palabra.
Cada Dictador se acapara
de la autocracia
Se trata de modelo de
gobierno que conviene a
losdictadores. Autocracia
literalmente significa a
partir de
losradicalesgriegosautos
(por símismo), kratos
(poder), poder por símismo.
ES una forma de
gobiernoenlacualun único
hombreel DICTADORdetieneel
poder supremo.
Éltienecontrol absoluto en
todos los niveles de
gobierno,
sinelconsentimiento de
losgobernados.
Políticamentehablando,
laautocracia es un término
que denota un tipo
particular de gobierno
absolutista, teniendoun
sentido restricto y otro más
amplio. El restricto y más
exacto se reporta al grado
máximo de absolutismo
enlapersonalizacióndel
poder. El sentido amplio es
de ungobierno absoluto con
poder ilimitado sobre los
súbditos, que presenta una
granautonomíaenrelación a
cualquierinstitución y a
losgobernados. El jefe de
estado absoluto es
autocrata, por lo tanto,
siempre no hayfuerza social
capaz de limitar explícita e
implícitamente sus poderes
políticos.
Cada
Dictador abraza a la
Cleptocracia
La palabraCleptocracia, de
origengriego, significa
literalmente “Estado
gobernado por ladrones”. Se
habla de
lacleptocraciacuando una
nacióndeja de ser gobernada
por un Estado de Derecho
imparcial y pasa a ser
gobernada por el poder
discricionário de personas
que tomaronel poder político
enlos diversos niveles y que
consiguentransfomarese poder
político en valor económico,
por diversos
modosacumulandosasí y de una
forma ilegal losbienesdel
Estados Aqui el patrimônio
del estado se reparte entre
loscleptocratas y acólitos.
De ahi, se habla de
detentores de Bienes Mal
Adquiridosque
losdictadoresbuscan de
confundir com losbienes
legítimos del Pueblo.
El dictadosiempreestàrodeado
de un Lobby poderoso para
divertirse de
losbienesrobadosdel Pueblo
dentro del circulo de
lacorrupcionbiencanalizado.El
Estado pasa a funcionar como
una
FINCApersonalpertenecienteal
TIRANO, el Lobby y sus
acolitos que acaparan todos
losbienesdel Estado a su
antojo. Todos losingresosdel
estado van enlas manos del
TIRANO, su Lobby y sus
acólitos.
Cada Dictador lleva el
abrigo de nepotismo
Tal como lohemossubrayado
anteriormente, la fase
“cleptocrática” del Estado
ocurrecuandolamayor parte de
sistema público
gubernamental es capturada
por personas que
practicancorrupción
política. Para
meterializardichacorrupcion
politica, hace falta
reclutar o nombrar membros
de la família deldictador y
sus acólitos en todos
lospuestos
clavessintenerencuentael
nível académico de cada uno,
lo que dá lugar al nepotismo
arcaico.
¿Qué es Nepotismo? (del
latim nepos, neto o
descendiente )
es el término utilizado para
designar elfavorecimiento de
parientesen detrimento de
personas más calificadas,
especialmente enlo que
concierne al nombramiento o
elevación de cargos .El
nepotismo es utilizado como
sinônimo de laconcesión de
privilegios o cargos a
parientesenel funcionalismo
público. Se distingue del
favoritismo simple, que no
implica relaciones
familiares conel favorecido.
Nepotismo arcaico
ocurrecuando, por ejemplo,unoperarioes
promovido por tener
relaciones de parentesco
conaquel que lo promueve de
uma forma arcaica, habiendo
personas más calificadas y
más merecedoras de la
promoción.
Cada
Dictador es un enemigo
de la meritocracia
Para implementar el
nepotismo arcaico, el
dictador y sus acólitos se
convierten enenemigo numero
uno de lasabiduria, es decir
de la meritocracia, que
denomina vulgarmente de
“esquemas Importadas”
La
Meritocracia (dellatimmereo,
merecer, obtener)
es la forma de gobierno
basado en el mérito. Las
posiciones jerárquicas son
conquistadas, en tesis, con
base en el merecimiento, y
hay una predominancia de
valores asociados a la
educación, a la ciencia, a
la sabiduría y a la
cualificación.
La meritocracia está
asociada, por ejemplo, al
estado burocrático, siendo
la forma por la cual los
operarios estatales son
seleccionados para sus
puestos en consonancia con
su capacidad (a través de
concursos, por ejemplo). O
aún – asociación más común –
a los exámenes de ingreso o
evaluación en las
universidades, en los cuales
no hay discriminación entre
los estudiantes en cuanto al
contenido de las preguntas o
temas propuestos. Así, la
meritocracia también indica
posiciones o colocaciones
conseguidas por mérito
personal.
Una plantilla de una
meritocracia es el método
científico, en el cual lo
que considerado como siendo
cierto es justamente
definido por el mérito, ó
sea, la consistencia del
contenido en relación a la
observaciones ó la otras
teorías.
El principal argumento en
favor de la meritocracia es
que ella proporciona mayor
justicia del que otros
sistemas jerárquicos, una
vez que las distinciones no
se dan por sexo ó raza, ni
por riqueza ó posición
social, entre otros factores
biológicos ó culturales, ni
aún en términos de
discriminación positiva. Aún
existen clases sociales, y
los defensores de la
meritocracia no pretenden
acabar con ellas; pero hay
un criterio más justo para
la distribución de los
estamentos sociales.
Conforme el sufijo "cracia"
indica, meritocracia es,
estrictamente hablando, un
sistema de gobierno basado
en la habilidad (mérito) en
vez de riqueza ó posición
social. En este contexto,
"mérito" significa
básicamente inteligencia más
esfuerzo. Sin embargo la
palabra "meritocracia" es
ahora frecuentemente usada
para describir un tipo de
sociedad donde riqueza,
renta, y clase social son
designadas por competición,
asumiéndose que los
vencedores, de hecho,
merecen tales ventajas.
Consecuentemente, la palabra
adquirió una connotación de
"Darwinismo Social", y es
usada para describir
sociedades agresivamente
competitivas, con grandes
diferencias de renta y
riqueza, contrastadas con
sociedades igualitarias.
Gobiernos y organismos
meritocráticos enfatizan
talento, educación formal y
cualificación, en lugar de
diferencias existentes,
tales como clase social,
etnia, ó sexo.
En una democracia
representativa, donde el
poder está, teóricamente, en
las manos de los
representantes electos,
elementos meritocráticos
incluyen el uso de
consultorías especializadas
para ayudar en la
formulación de políticas, y
un servicio civil,
meritocrático, para
implementarlos. El problema
perene en la defensa de la
meritocracia es definir,
exactamente, lo que cada uno
entiende por "mérito".
Además de eso, un sistema
que se diga meritocrático y
no lo sea en la práctica
será un mero discurso para
mascarar privilegios y
justificar indicaciones a
cargos públicos. El dictador
le gusta argumentos
similares en forma de
sepulcro blanqueado.
·
Cada Dictador, odia a la
tecnocracia
Para implementar mejor la
grandeza Del dictador, La
cleptocracia, el nepotismo
arcaico, el partido politico
ó
partido estado, los Lobbys
Del dictador recomienda una
lucha contra la Tecnocracia
moderna, sostenible y
rentable para el pais. La
tecnocracia significa,
literalmente, gobierno de
los técnicos, que, por El
control de losmedios de
producción, tienden a
superar el poder político en
vez de apoyar sus
actividades. La primera
manifestación de la
tecnocracia es atribuida al
sociólogo francés
Claude-Henri de Rouvroy,
conde de Saint-Simon
(1760-1825). Él propuso, em
Réorganisation de La Société
Européenne, de 1814, La
sustitución de la política
por La ciencia de La
producción, el "gobierno de
los hombres" por la "administración
de las cosas".
Manias de un Dictador
Todas las dictaduras son,
por definición, condenables
ó por lo menos debieron
serlo. Pero parece que
muchos "intelectuales",
políticos y "progresistas"
no están muy de acuerdo con
esta definición y en un
ejercicio "sublime" de
hipocresía atacan las
dictaduras de derecha y
defienden en nombre de la
justicia social los más
abyectos totalitarismos de
izquierda.
Según los dictadores, el
poder tiende a corromper y
el poder absoluto corrompe
absolutamente. Refiriéndonos
a la política, podríamos
añadir también un eslogan
actual que reza «la
potencia sin control, no
tiene sentido».
Los dictadores se
auto-otorgan más valores a
ellos mismos que a otros
seres humanos. Por ejemple
un Dictador dijo en una
alocución loa que sigue:
«Un hombre como yo nace cada
quinientos años, puesto que
yo no soy una persona
cualquiera»
A pesar de su forma de ser
tirano, el dictador tampoco
quiere hacer el mal a los
suyos. Por ejemplo un
Dictador exigió que su
esposa (medio analfabeta)
formara parte de la Academia
de las Ciencias de New York
y el Instituto Real de
Química y que
su nombre apareciera
en todas las investigaciones
científicas de Rumanía.
Mientras tanto, su hijo,
también «publicó» diversos
volúmenes sobre física
nuclear.
La mayoría de los
dictadores piensan que son
Dioses y por ejemplo uno de
entre ellos llegó a ordenar
que todas las iglesias de su
país colocaran un cartel que
decía «Dios en el Cielo,
Yo en la Tierra». Otro
dictador organizó un evento
de 30 millones de dólares
denominado la «Feria de la
Paz y la Fraternidad del
Mundo Libre», donde nombró a
su hija como reina y a su
hijo de tres años,
Coronel...
El dictador practica el
canibalismo con algunos
de los disidentes a su
régimen, ó directamente los
arroja como bocado a sus
cocodrilos. También prohíbe
la entrada a asiáticos en su
país, después de recibir la
negación de una oriental
para casarse con él.
Otro Dictador exigió que el
libro que él había escrito
tuviera el mismo estatus que
el Corán en las mezquitas.
De hecho, todos los
empleados debían memorizarlo
para mantener sus puestos de
trabajo, y no se podía
obtener un permiso de
conducir a menos que
conocieras todos sus textos
al pie de la letra.
Durante los terribles
mandatos dictatoriales por
supuesto no existía ningún
otro partido como el del
dictador el suyo. Como dice
el Dictador, «No hay
partidos de la oposición,
así que ¿cómo se les puede
conceder la libertad?».
CONFISCACIÓN Y
CONFINAMIENTO.
La confiscación y el
confinamiento son medidas de
dictadores y tiranos.
La confiscación, según el
diccionario jurídico de
Ossorio, es la acción y
efecto de confiscar, de
privar a uno de sus bienes y
aplicarlos al fisco. Es cosa
distinta de la expropiación
por que esta se hace previa
tasación e indemnización del
valor de lo expropiado,
mientras que aquella se
efectúa sin reparación
ninguna. La confiscación
como pena en materia
criminal, ha desaparecido en
muchas legislaciones, y solo
es admitida para casos muy
excepcionales la incautación
ó
decomiso de los géneros cuyo
comercio está prohibido
ó
el de los instrumentos del
delito.
La confiscación era asimismo
una medida que se adoptaba
como consecuencia de la
muerte civil, ya abolida en
las legislaciones. La
confiscación ha sido
históricamente una medida
empleada con fines políticos
por dictadores y tiranos,
basta a este respecto
recordar las terribles
confiscaciones de Sila en la
Roma antigua,
Cicerón en sus defensas
forenses. Sin embargo, no
puede asegurarse que hayan
desaparecido completamente,
ya que, de modo abierto
ó
encubierto, han sido
utilizadas por los tiranos
modernos.
El principio de legalidad,
en cuanto al Derecho Penal,
establece que: “no hay
crimen, no hay pena sin
ley”, principio que
cumple la función de evitar
el poder arbitrario e
ilimitado del Estado. Un
dictador anuncia además que
la confiscación que piensa
aplicar será dictada
mediante decreto,
desconociendo éste
principio, que es ante todo
una garantía para el
ciudadano, pues se le
asegura que sólo podrá ser
castigado cuando la ley le
ha dirigido previamente una
advertencia de que el hecho
ejecutado por él constituye
delito, y por consiguiente,
está amenazado con la
imposición de una pena Por
el principio de legalidad,
sólo a través de la ley, que
es expresión pública, se
pueden establecer qué
conductas son consideradas
delitos y que penas le
corresponden.
Lo que significa que nadie
puede ser condenado ni
sometido a medida de
seguridad por un hecho que
no esté expresamente
previsto como delito por una
ley vigente al tiempo en que
se cometió, ni sujeto a
penas
ó
medidas de seguridad penales
que no se hallen
establecidas en ella. Es
decir, que ningún ciudadano
puede ser sancionado sino en
los casos previstos por una
ley, que debe ser anterior
al delito, Todos los tipos
penales deben estar
establecidos en la ley tanto
el hecho como la sanción.
Así que su pretensión, el
dictador, tendrá que ser
aplicada previa aprobación
de una ley que admita la
confiscación como delito y
será aplicada para hechos
posteriores. Al menos así lo
dice la doctrina penal.
III.-
LA
COMUNIDAD INTERNACIONAL DEBE PONER
FIN A LA DICTADURA
AC
EL GENOCIDIO
PRINCIPAL LABOR DEL DICTADOR
Dentro de nuestro estudio y
análisis, hemos constatado
que: la marca de la tiranía
es la ilegalidad, ó sea, la
violación de las leyes y
reglas pre-estipuladas por
la quiebra de la legitimidad
del poder; una vez en el
mando, el tirano revoca la
legislación en vigor,
solapándola con reglas
establecidas en consonancia
con las conveniencias para
la perpetuación de este
poder.
Queremos recordar a los
Dictadores que la vida es
relativamente corta de las
tiranías a la flaqueza
inherente de los sistemas
que usan la fuerza sin el
apoyo del derecho.
El 11 de diciembre de 1946
la Asamblea General de
Naciones Unidas adoptó
por unanimidad la Resolución
96 en la que se declara:
“El genocidio es la
negación del derecho a la
existencia de grupos humanos
enteros, como el homicidio
es la negación del derecho a
la vida de seres humanos
individuales; tal negación
del derecho a la existencia
conmueve la conciencia
humana, causa grandes
pérdidas a la humanidad en
la forma de contribuciones
culturales y de otro tipo
representadas por esos
grupos humanos y es
contraria a la ley moral y
al espíritu y los objetivos
de las Naciones Unidas”.
En 1948 la Asamblea General
de Naciones Unidas aprobó la
Convención para la
Prevención y Sanción del
Delito de Genocidio. La
Convención entró en vigor el
12 de enero de 1951
siguiendo lo previsto al
respecto en su artículo
XIII, segundo párrafo.
La definición del genocidio
en el artículo 6 del
Estatuto de la Corte Penal
Internacional proviene del
Artículo II de la Convención
para la Prevención y Sanción
del Delito de Genocidio: “En
la presente Convención, se
entiende por genocidio
cualquiera de los actos
mencionados a continuación,
perpetrados con la intención
de destruir, total o
parcialmente, a un grupo
nacional, étnico, racial
ó
religioso, como tal:
·
Matanza de miembros del
grupo;
·
Lesión grave a la integridad
física
ó
mental de los miembros del
grupo;
·
Sometimiento intencional del
grupo a condiciones de
existencia que hayan de
acarrear su destrucción
física, total
ó
parcial;
·
Medidas destinadas a impedir
los nacimientos en el seno
del grupo;
·
Traslado por fuerza de niños
del grupo a otro grupo”.
En consecuencia, los
trabajos preparatorios de
dicha Convención fueron la
principal fuente de
interpretación de este
precepto.
El origen de la definición
de crímenes contra la
humanidad (art. 7 del
Estatuto del CPI) se
encuentra en la definición
del Estatuto de Londres de
1950, las modificaciones
jurisprudenciales de la
post- guerra, los Proyectos
de Código de Crímenes contra
la Paz y Seguridad de la
Humanidad y los Estatutos de
los Tribunales penales
internacionales para la
antigua Yugoslavia y Ruanda,
así como en las decisiones
de estos tribunales han ido
introduciendo.
De acuerdo con el artículo
6c del Estatuto de Londres y
su aplicación por el
Tribunal de Núremberg, los
crímenes contra la humanidad
presentaron las siguientes
características:
·
Debían ser cometidos
durante,
ó
en conexión con una guerra.
·
Los actos debían realizarse
contra la población civil,
lo que incluía a los propios
nacionales y a los
nacionales de terceros
países.
·
Se trataba de delitos
cometidos por personas que
actuaban en interés del
Estado.
Durante algún tiempo se
estimó que los crímenes
contra la humanidad debían
cometerse por móviles
determinados
ó
contra grupos de personas
determinados.
Los crímenes contra la
humanidad constituyen las
figuras centrales del
Derecho Penal Internacional.
El instituto jurídico de los
crímenes contra la humanidad
surge como mecanismo para
proteger bienes jurídicos
personales fundamentales
frente a los ataques masivos
ó
sistemáticos realizados con
la participación
ó
tolerancia del poder
político.
Los crímenes contra la
humanidad son atentados
contra bienes jurídicos
individuales fundamentales
(vida, integridad física y
salud, libertad...)
cometidos, en tiempos de paz
ó
de guerra, mediante un
ataque generalizado
ó
sistemático realizado con la
participación
ó
tolerancia del poder
político de jure
ó
de facto.
Los tribunales militares
americanos mantuvieron que
existe un crimen contra la
humanidad “sólo cuando hay
pruebas de participación
consciente en procedimientos
sistemáticamente organizados
ó
aprobados por el
gobierno"(1)
_____________________________
(1).-United
States v. Altstoetter, case 3 (“The
Justice Case”), en Trials of War
Criminals Before the Nuremberg
Military Tribunals Under Control
Council Law No. 10, Vol. III, US
Government Printing Office,
Washington, 1951, p. 982)
IV.-ELEMENTOS
JURIDICOS PARA JUZGAR AL DICATDOR
·
El tipo penal de los
crímenes contra la humanidad
El artículo 7 del Estatuto
de la CPI define a los
crímenes contra la humanidad
de la siguiente manera:
A los efectos del presente
Estatuto, se entenderá por
‘crimen de lesa humanidad'
cualquiera de los actos
siguientes cuando se cometa
como parte de un ataque
generalizado
ó
sistemático contra la
población civil y con
conocimiento de dicho
ataque:”
MODALIDADES:
·
EL ASESINATO
La conducta consiste en dar
muerte
ó
causar la muerte (Elementos
de los Crímenes, art. 7 1)
a)). La conducta debe ser
dolosa y puede cometerse
tanto por acción como por
omisión. El tipo subjetivo
comprende el dolo de matar y
el conocimiento de que tal
acción contra a una
ó
más personas hacen parte de
un ataque generalizado
ó
sistemático dirigido contra
una población civil.
·
EXTERMINIO
Los Elementos del Crimen
definen esta conducta como “dar
muerte a una
ó
más personas”.
Intentando distinguirla de
la modalidad de asesinato,
el exterminio consiste
básicamente en un asesinato
en masa (Elementos de los
Crímenes, art. 7, 1) b)
punto 2.).
·
ESCLAVITUD
Esta modalidad consiste en
ejercer uno de los atributos
del derecho de propiedad
sobre una
ó
más personas,
ó
someterlos a un estado de
privación de libertad que
las reduzca a una situación
servil. (Elementos de los
Crímenes [30] (54) y el art.
7.2 c). Esta modalidad
incluye la trata de
personas, en particular de
mujeres y niños ([31]
(55)). Es menester la
conciencia y voluntad de
realizar alguna de las
conductas descritas con la
conciencia de que la misma
hace parte de en un ataque
generalizado
ó
sistemático.
·
DEPORTACIÓN Ó TRASLADO
FORZOSO DE POBLACIÓN.
Esta modalidad se describe
como el destierro
ó
el traslado por la fuerza,
sin motivos autorizados por
el Derecho Internacional,
mediante la expulsión u
otros actos de coacción a
una
ó
más personas, que se
hallaban legítimamente en
una zona. (Elementos de
los Crímenes, art. 7, 1) d)
puntos 1 y 2., y art. 7.2.d
del Estatuto). Los
traslados
ó
deportaciones se hacen
mediante el uso de la
fuerza, la coacción
ó
la amenaza, que pueden
ejercerse incluso
indirectamente, como cuando
se crea un clima de
violencia
ó
intimidación que infunde
temor, o mediante la presión
psicológica
ó
el abuso de poder
(Elementos de los Crímenes,
art. 7, 1) d) punto 1 y nota
8).
·
ENCARCELACIÓN U OTRA
PRIVACIÓN GRAVE DE LA
LIBERTAD FÍSICA EN VIOLACIÓN
DE NORMAS FUNDAMENTALES DE
DERECHO INTERNACIONAL.
Esta modalidad consiste en
la encarcelación
ó
privación de la libertad
física de una
ó
más personas en forma grave,
cometido como parte de un
ataque generalizado
ó
sistemático contra la
población. (Elementos de
los Crímenes, art. 7, 1) d)
punto 3.). La gravedad
depende del tiempo que dure
la privación de libertad y
de las condiciones de la
misma.
TORTURA
Esta modalidad se basa en la
Convención contra la Tortura
de 1984, pero a diferencia
de lo dispuesto en ella
(artículo 1), el Estatuto de
Roma no exige que el sujeto
activo sea funcionario
público u otra persona en
ejercicio de funciones
públicas
ó
que la conducta sea
realizada a instigación suya
ó
con su consentimiento
ó
aquiescencia. Y es que los
sujetos de los crímenes
establecidos en el Estatuto
bien podrían ser miembros de
organizaciones no
estatales.
OTRAS VIOLACIÓNES
DEGRADANTES PERPETRADAS POR
LOS DICTADORES Y QUE DEBEN
SER CASTIGADOS POR LA CPI
Se
trata de: violación,
esclavitud sexual,
prostitución forzada,
embarazo forzado,
esterilización forzada u
otros abusos sexuales de
gravedad comparable
La violencia sexual ha sido
utilizada a lo largo de la
historia por los dictadores
y sus acólitos como arma de
guerra en numerosos
conflictos con el fin de
desmoralizar al enemigo,
causar terror y provocar
humillación como medio de
intimidación general para
conseguir el desplazamiento
ó expulsión de la población
o inducir el repudio hacia
las mujeres dentro de su
propio grupo ó su
incapacitación física ó
mental para procrear,
socavando las estructuras
familiares y sociales en
detrimento de la propia
existencia futura del grupo
(1).
La violencia sexual fue
incluida como crimen contra
la humanidad en la Ley 10
del Consejo de Control
Aliado y en los Estatutos de
los CPIY y CPIR.
El Estatuto de Roma
comprende en esta modalidad
diferentes conductas de
violencia sexual:
La
violación
consiste en la invasión
mediante coacción, amenaza,
ó sin consentimiento genuino
de la víctima, del cuerpo de
una persona mediante
penetración, aún
insignificante, de cualquier
parte del cuerpo de la
víctima ó del autor con un
órgano sexual, ó del
orificio anal ó vaginal con
un objeto u otra parte del
cuerpo (2)
La esclavitud sexual
consiste en obligar a una ó
varias personas sobre las
que se ha ejercido uno de
los atributos del derecho de
propiedad de los descritos
en el punto 1) c), a
realizar actos de naturaleza
sexual.
La prostitución forzada
consiste en obligar a una ó
más personas mediante la
fuerza, amenaza, coacción ó
sin su consentimiento
genuino, a realizar uno ó
más actos de naturaleza
sexual, habiendo obtenido ó
con la intención de obtener
ventajas pecuniarias ó de
otro tipo. (Elementos de
los Crímenes (art. 7, 1)
g)-3). La capacidad de
dar consentimiento debe
entenderse en el mismo
sentido que para el art.
7, 1 g )-1.
El embarazo forzado
consiste en el confinamiento
forzoso de una ó más mujeres
embarazadas con la intención
de modificar la composición
étnica de la población ó de
cometer otra infracción
grave contra el Derecho
Internacional. Se requiere
por tanto un delito contra
la libertad sexual del que
se derive un embarazo no
deseado, con el objetivo de
modificar la composición
étnica o con otros fines
constitutivos de
infracciones graves al
Derecho Internacional.
La esterilización forzada
consiste en realizar un
tratamiento médico ó clínico
de esterilización a la
víctima, privándola de la
capacidad de reproducción
biológica, sin justificación
alguna, como en el caso de
los experimentos médicos
realizados durante la
Segunda Guerra Mundial
(3) Como el tratamiento
debe ser forzado, se deduce
además que debe carecer de
un consentimiento genuino.
Se entiende que el
“consentimiento genuino” no
incluye el consentimiento
obtenido mediante engaño.
(Elementos de los Crímenes,
art. 7, 1) g)-5, nota 15).
Otros abusos sexuales
de gravedad comparable
pueden ser otras conductas
sexuales coercitivas,
siempre que sean de gravedad
similar a las citadas
anteriormente.
Las modalidades anteriores
deben realizarse con dolo,
lo que incluye la conciencia
de que la conducta concreta
se enmarca en un ataque
generalizado ó sistemático
contra la población.
·
Persecución de un grupo
ó colectividad con
identidad propia fundada en
motivos políticos, raciales,
nacionales, étnicos,
culturales, religiosos, de
género definido en el
párrafo tercero, u otros
motivos universalmente
reconocidos como
inaceptables con arreglo al
Derecho Internacional, en
conexión con cualquier acto
mencionado en el presente
párrafo ó con
cualquier crimen de la
competencia de la Corte.
Dentro de las diferentes
posibilidades que ofrece la
estructura de la modalidad
de “persecución”, el ECPI, y
los Elementos del Crimen
siguen el criterio del
estatuto para la CPIY. La
Sala de Primera Instancia de
al CPIY interpreta el
término “persecuciones” como
cualquier forma de
discriminación por motivos
específicos (raciales,
religiosos ó políticos) que
induce la violación de un
derecho fundamental
individual. (4)
La Sala plantea
que, dado que el Estatuto de
Núremberg definió dos tipos
de crímenes contra la
humanidad, entre los cuales
solo la modalidad de
“persecuciones” requería una
intención discriminatoria,
sería posible añadir una
“culpabilidad adicional” a
las conductas que incluyen
un “acto inhumano”,
cuando hubieran sido
cometidas por motivos
discriminatorios. De esta
manera, la CPIY plantea que
la “persecución” puede
suponer un ilícito distinto,
uno que se añade a la
conducta consistente en
realizar actos inhumanos, o
una calificación que
comprenda ambas conductas.
El Tribunal finalmente
acepta la inclusión de la
intención discriminatoria en
todas las modalidades de
crímenes contra la
humanidad.
De esta manera las
“persecuciones” se limitan a
otros actos discriminatorios
que atentan contra derechos
fundamentales distintos de
los contemplados
expresamente en el art. 5.
Posteriormente la CPIY es
incoherente con su propia
doctrina puesto que en la
condena a Duško Tadić,
probablemente por la forma
en que el fiscal construyó
cada uno de los cargos en el
acta de acusación, castiga
bajo el cargo de
“persecuciones” actos de
homicidio, lesiones,
deportaciones, etc.
(5)
·
DESAPARICIÓN FORZADA DE
PERSONAS
Consiste en la aprehensión,
detención, ó mantenimiento
de una detención
(Elementos de los Crímenes,
art. 7, 1) i), nota 18. ),
ó el secuestro de personas
por un Estado u organización
política, ó con su
autorización, apoyo ó
aquiescencia, seguido
de la negativa de reconocer
ó informar sobre la
privación de la libertad ó
de la negativa a proveer
información sobre la suerte
ó paradero de esas personas,
con la intención de dejarlas
fuera del amparo de la ley
por un período prolongado.
Tanto la detención, que
puede ser legal
(Elementos de los Crímenes,
art. 7, 1) i), nota 21.),
como la negativa a
reconocerla ó a dar
información sobre el
paradero de la víctima, han
de realizarse en nombre ó
con autorización ó apoyo del
Estado ó de la organización
política.
EL
CRIMEN DE “APARTHEID”
La mención expresa de este
crimen no aparecía entre los
crímenes contra la humanidad
con anterioridad al ECPI. La
mayoría de Estados
reconocieron que se trataba
simplemente de una
especificación de formas de
actos inhumanos que de otro
modo caerían en todo caso en
el ámbito de “otros actos
inhumanos” (artículo 7 1)
k)).
Esta modalidad consiste en
cometer alguno de los actos
enumerados como Crímenes de
lesa humanidad u otro de
naturaleza y gravedad
semejante contra una ó
varias personas en el
contexto de un régimen
institucionalizado de
opresión y dominación
sistemática de un grupo
racial sobre uno o más
grupos raciales con la
intención de mantener dicho
régimen.
La conducta debe incluir la
conciencia de que los actos
forman parte de un ataque
generalizado y sistemático
con la intención de
contribuir al mantenimiento
del régimen de apartheid.
(Art. 7.2. h) y Elementos de
los Crímenes, art. 7, 1)
j).)
·
Otros actos inhumanos de
carácter similar que causen
intencionalmente grandes
sufrimientos
ó atenten gravemente
contra la integridad física
ó la salud
mental ó
física
Esta categoría fue
seriamente discutida por su
ambigüedad, pero finalmente
se mantuvo en el ECPI porque
aparecía en muchos
precedentes. Consiste en
cometer actos de la misma
naturaleza y gravedad que
los anteriormente
mencionados, que produzcan
grandes sufrimientos ó un
atentado grave contra la
integridad física ó la salud
mental ó física.
La conducta debe ser dolosa,
lo que comprende el
conocimiento de la
naturaleza y gravedad del
hecho y de que la misma
forma parte de un ataque
generalizado ó sistemático
contra la población.
(Elementos de los Crímenes,
art. 7, 1) k).
_______________________________
(1).-
.
Bassiouni/ Mccormick, 1996,
Sexual Violence. An
Invisible Weapon of War in
the Former Yugoslavia,
International Human Rights
Law Institut De Paul
University, Chicago
(2).-(Sobre la definición de
“violación” es importante la
sentencia de la CPIR
contr(1) a Jean Paul
Akayesu, y las sentencias de
la CPIY contra Delalic
-Celebici Judgment, 16 Nov.
1998- párrafo 479 y contra
Furundzija -5é°;-
(3).- Judgment Case
IT-95-17/1-T, 10 Dec. 1998-
párrafo 185.) (Sobre
la definición de “violación”
es importante la sentencia
de la CPIR contr(1) a Jean
Paul Akayesu, y las
sentencias de la CPIY contra
Delalic -Celebici Judgment,
16 Nov. 1998- párrafo 479 y
contra Furundzija -Judgment
Case IT-95-17/1-T, 10 Dec.
1998- párrafo 185.)
(4).- Trial Chamber, Opinion
and Judgment of 7 May 1997,
p. 273, párrafo 697).
(5).- véase Trial Chamber I:
Sentencing Judgement, Dusko
Tadic, Case N o IT-94-1-T,
14 July 1997, pp. 15 y ss. y
p. 26).
V.-
LA EUTANASIA: UN TIRO DE GRACIA
CONTRA LA DICTADURA
Si el mundo de verdad
quisiera luchar contra las
dictaduras tendría que tomar
medidas draconianas y serías
a priori, y no limitarse a
pretender juzgar algún
dictador a posteriori. Como
hemos visto antes ninguna
dictadura pueda existir sin
un Lobby y su colaboración
de una parte más o menos
grande de la población. Esta
parte que saca pingües
beneficios del sistema en
forma de prebendas,
enchufes, negocios etc., por
mucho que sufra el resto de
la población -llámela
nomenclatura o caciquismo-
vive mejor que nunca; y no
olvidemos la tajada que
sacan las multinacionales y
otros empresarios (todos
demócratas de boquilla).
La caída de la dictadura
implica el fin de la danza
que nunca termina con la
risa. Una persona honesta,
formada, demócrata, amante
del bien común y de su
pueblo, etc nunca puede
tener modalidades de un
DICTADOR que no es más que
un tirano. Para que los
grupos privilegiados dejen
de sostener una dictadura
-condenándola a su caída -
tienen que sufrir tanto como
los oprimidos, y esto
solamente se pueda lograr
con un boicot total sin
paliativos. Habrá que
TRADUCIR los dictadores y
sus acólitos en los
tribunales por los delitos
cometidos en el desempeño de
sus funciones: adjudicación
ilícita de bienes
pertenecientes al patrimonio
del Estado, genocidio,
nepotismo arcaico,
Autoritarismo, tiranía,
cleptocracia, etc.
Si tomando las medidas
adecuadas las dictaduras
pudieran desaparecer por
arte de magia, no se puede
decir lo mismo de su
aparición. Nunca se ha visto
surgir una dictadura en un
estado con un sistema
democrático razonablemente
asentado y con una sociedad
aceptablemente sana; al
contrario, un golpe de
estado militar o
revolucionario es, casi
siempre, un tiro de gracia a
un enfermo en estado
terminal.
En cada dictadura existe un
mecanismo estratégico bien
estudiado y planificado a
seguir: Creación de un
simulacro partido político
(Sin verdaderos militantes,
pero obligando a ser
militancia a todos los
funcionarios, empleados,
población vulnerable,
discapacitados, alumnos,
estudiantes, etc) que tiene
el poder del Dictador,
grupos de danzas para
glorificar a la eternidad de
la dictadura, Movimientos
políticos y Asociaciones
afines (del partido en el
poder, el partido estado que
acapara todos los bienes del
estado, no existe ninguna
diferencia entre el partido
y el estado) empujado por un
grupo de partidos políticos
coaligados para engañar al
pueblo. El resultado de esta
aventura suele ser una grave
crisis económica, una
inflación galopante, escasez
de alimentos, huelgas y
violencia, insurrección.
Todo esto combinado con una
clarísima manipulación de
todos los resortes legales -
incluyendo el Tribunal
Supremo que cree a menudo
una gran inestabilidad
política y una oposición
creciente dando lugar al
levantamiento popular
oprimido. Para terminar,
ninguna dictadura va acabar
en PAZ.
Ante todas las formulas de
la dictadura, se pregunta si
la eutanasia de la dictadura
es el mejor tiro de gracia
capaz de poner fin a la
dictadura y sus múltiples
facetas.
Cada dictador, debe ser
condenado a prisión por delitos
de lesa humanidad,
una acusación de genocidio
perpetrado durante su
gobierno de facto
cometidos durante el
desempeño de sus funciones.
Seria injusto ante el mundo
de proteger unos criminales,
tiránicos y asesinos envés
de llevarles en las cárceles
de alta protección para
contar los últimos días y
minutos de sus vidas.
Alen Nta’a a 6 de Diciembre
de 2 013
JUAN MANENE NSOGO
ECONOMISTA Y EXPERTO INTERNACIONAL
PRESIDENTE DEL MLCD
(*).-
Extrait de l’ouvrage Intitulé:
ANALYSE GEOPOLITIQUE ET GEOSTRATEGIQUE
Auteur : Manene Nsogo Juan
Economiste &
Consultant International
Email:
Ge-infonet@guineequatoriale-info.net