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¿QUE ES UN DICTADOR Y SUS MULTIPLES caras?

 

   
         

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I.- ESTUDIO Y ANALISIS

 

La dictadura (del latín dictatūra) es una forma de gobierno en la cual el poder se concentra en torno a la figura de un solo individuo (dictador) ó élite, generalmente a través de la consolidación de un gobierno de facto, que se caracteriza por una ausencia de división de poderes, una propensión a ejercitar arbitrariamente el mando en beneficio de la minoría que la apoya, la independencia del gobierno respecto a la presencia ó no de consentimiento por parte de cualquiera de los gobernados, y la imposibilidad de que a través de un procedimiento institucionalizado la oposición llegue al poder.

*    ETIMOLOGÍA  DE LA DICTADURA

La La Palabra DICTADURA, proviene del latín dictatūra, que significa "sentarse al frente”. El término dictador puede utilizarse tanto a nivel masculino como femenino, aunque la Real Academia Española (RAE) acepta el uso de la palabra dictadora.

La dictadura romana era el gobierno extraordinario que confería a una persona, el dictador, una autoridad suprema en los momentos difíciles, especialmente en los casos de guerra; la dictadura nació, al parecer a propuesta de Tito Larcio, quien fue además el primero en ejercer el cargo. El dictador era nombrado por uno de los cónsules en virtud de una orden del Senado que tenía la potestad de determinar cuando era necesario el nombramiento y quién debía ocupar el cargo. En un principio, sólo los patricios podían ser nombrados dictadores, pero en el año 356 a. C. se les reconoció ese mismo derecho a los plebeyos.

*    DICTADURA Y SUS FORMULAS

·        Dictadura autoritarista, totaritalista y fascista

Existe cierta confusión entre la conceptualización autoritarista, totalitarista y fascista, típicas de los regímenes dictatoriales. Si bien ambos conceptos están sumamente interrelacionados, guardan suficiente independencia semántica entre sí. Sin embargo, a lo largo de un periodo un gobierno puede y suele tomar medidas propias de los tres, e incluso evolucionar y configurarse de una forma a otra por lo que determinar estrictamente las diferencias para un caso concreto puede resultar sumamente complicado.

El término autoritarismo se consolida como opuesto a totalitarismo (que es el que reivindicaba para sí el fascismo), en los análisis posteriores al periodo de entreguerras, sobre todo el de Juan José Linz. []La dictadura autoritaria se diferencia de la dictadura totalitaria porque la autoritaria:[]

  • No tiene una ideología tan elaborada, el ensalzamiento del líder se hace de forma meramente propagandística.
  • No busca el apoyo de las masas, sólo someterlas.
  • Su meta última no es realizar grandes cambios en la sociedad sino únicamente imponer su poder sobre la misma.

El totalitarismo se diferencia del autoritarismo en el grado de intensidad en que se manifiestan algunos de sus elementos comunes:

  • Concentración de poder en una sola persona o grupo muy reducido, usualmente un partido político o movimiento, que puede incluso conducir al culto a la personalidad del líder.
  • Justificación de la actuación política mediante una doctrina global que se manifiesta en todas las esferas de la actuación humana: economía, cultura, familia, religión.
  • Empleo sistemático del terror, por medio de una policía secreta para eliminar a la disidencia u oposición.
  • Uso de los campos de concentración para aislar a la oposición y enemigos del régimen.
  • Mientras el autoritarismo busca acallar a los disidentes y evitar sus expresiones en público, el totalitarismo en cambio busca no solo acallar sino también extirpar las formas de pensamiento opuestas, mediante el adoctrinamiento y la remodelación de las mentalidades.
  • Uso de venenos y otras productos mortales en los restaurantes, Bares, Hoteles, hostales, etc
  • Reclutamiento de mujeres y chicas para matar a los disidentes políticos para acabarse con ellos.
  • Obligar a las mujeres casadas a matar a sus maridos para ostentar cargas nepotistas en la administración central del estado o en las empresas.
  • Sacrificar o practicar la brujería  a los parientes de empleados  o funcionarios sin vínculos familiares con el Dictador y sus acólitos.
  • Propagar el VIH SIDA ante la población, etc

El elemento esencial que comparten las dictaduras totalitarias es la voluntad de convertir la política estatal en un mecanismo para controlar todas las esferas de la actividad humana y ocupar todo el espacio económico, financiero y sociocultural.

·        DICTADURA MILITAR

Una dictadura militar es una forma de gobierno autoritario en la cual, en mayor o menor grado, las instituciones ejecutivas, legislativas y jurídicas son controladas por las fuerzas armadas que impiden cualquier forma de control democrático.

Suelen originarse como consecuencia de la supresión del sistema de gobierno existente hasta entonces tras un pronunciamiento militar o golpe de estado.

Las dictaduras militares generalmente han justificado su presencia en el poder como una manera de traer la "estabilidad política para la nación o de rescatarla de la amenaza de "ideologías peligrosas"". Los regímenes militares tienden a retratarse como independientes, como un partido "neutral" que proporciona una dirección interina apartidista en épocas de la agitación, al tiempo que presentan a los políticos civiles como corruptos e ineficaces.

Las dictaduras militares tienen, de entre otros objetivos, el establecimiento de régimen dictatorial, con sus múltiples formas con el fin de perpetuarse en el poder. Los civiles no tienen nada que decir, salvo los parientes del Dictador y sus acólitos. El régimen democrático liberal  se  considera como ideas importadas. Cada Dictador tiene sus falsaos argumentos para intentar justificar que la dictadura es el mejor régimen para algunos continentes. El genocidio, los asesinatos selectivos, la detención de Bienes mal adquiridos, las detenciones arbitrarias y sin orden judicial, Presiones preventivas de duración indeterminadas,  intimidaciones, confinamientos políticos, estafas, asesinatos de ciudadanos, envenenamientos, uso ilegal de armas y municiones, etc, son las líneas maestras del DICTADOR para perpetuarse ilegalmente en el poder absoluto. Una de las características casi universales de un gobierno militar es la institución de la ley marcial o de un estado de la emergencia permanente, mediante la cual se eliminan todas las garantías jurídicas (derechos civiles, políticos e incluso sociales) que protegen a las personas contra el abuso de poder del DICTADOR que se convierte en “Estado”. Los regímenes militares generalmente no respetan los derechos humanos y utilizan la fuerza y la represión para silenciar a los disidentes y opositores políticos.

Mencionaré a continuación sólo algunos ejemplos de criminalidad estatal organizada, que han tenido como protagonistas a quienes detentan el poder en el Estado, sea que se trata de criminalidad iniciada, tolerada o fomentada por el Estado:

·         Delitos contra el honor contra disidentes a través de propaganda difamatoria o directamente calumniosa perpetrada por la dictadura

·         Deportación mediante destrucción dirigida de viviendas y de campos y matanza de ganado.

·         Dejar morir de hambre a grupos sociales por razones políticas y que no cuentan con el favor del poder, procurada al dejarlos dolosamente sin suministros básicos.

·        Secuestros, detenciones sin debido proceso, ejecuciones sumarias por órganos estatales o para estatales, desaparecimiento forzado de personas.

·         Relegación ilegal y destrucción de los medios de subsistencia por medio de traslado forzoso de la población

·         Destrucción de la identidad de grupos étnicos, políticos, religiosos y sociales mediante ataques a su identidad cultural, libertad sexual y traslado por la fuerza de niños del grupo a otro grupo.

Si recogiésemos todos estos hechos en una estadística criminal mundial, entonces lo que podríamos llamar “criminalidad normal” pasaría claramente a un segundo plano, tanto bajo criterios cuantitativos como bajo criterios cualitativos.
 

 
     
 

II.- ¿QUIEN ES UN DICTADOR?

 


·       
Un Dictador

Se trata de una persona que recibe un poder y se auto-otorga el derecho de gobernar con poderes absolutos y sin someterse a ninguna ley. Sus palabras y las de sus acólitos deben ser interpretadas como leyes por el pueblo, todo ello en la ausencia absoluta de una Democracia liberal. En una dictadura absoluta se habla de  “POR ORDEN DE LA SUPERIORIDAD” ¿quién es éste?, EL DICTADOR, el YO GRANDE. Las leyes en un régimen democrático impiden que llegue un dictador al poder, porque nadie le va a votar. Un Dictador se aplica a la persona que abusa de su superioridad, de su fuerza o de su poder en su relación con los demás déspota, tirano.

Un Dictador, como persona física, es un Diablo - Macho. Dotado de  características inhumanas. Es un antropófago, Brujo, hechicero, no tiene piedad, es egoísta, criminal, cleptocrata, mujeriego, asesino, etc. que dirige su pueblo con mano de yerro para perpetuarse en el país. Es un enemigo acérrimo de un cambio democrático. En la agenda del Dictador no  existe posibilidad de implementar una democracia liberal. Cada dictador opta la democratura (dictadura camuflada dentro de una democracia trucada) como mejor régimen que tiene como proyecto familiar para perpetuarse en el poder con la fuerza armada del país. Para intentar de materializar su sueño, el dictador está siempre rodeado de varios Generales (a menudo, sin nivel académico ni calificación alguna) pertenecientes a su familia y acólitos, olvidando olímpicamente que no hay un imperio que dura cien años. Un dictador es un tirano que asume todos los poderes del Estado y que no se somete a control constitucional ni legislativo alguno: muchos de los dictadores de la historia han accedido al poder tras un golpe de Estado. Es un dirigente que abusa de su autoridad o trata con dureza a los demás

El dictador No puede a menudo llegar al poder tras unas elecciones limpias y democráticas sino más bien, a través de un golpe de estado efectuado por una coalición cívico-militar o por las fuerzas armadas. De esta forma se crea una dictadura, sostenida gracias al poderío del aparato cívico - militar y a un grupo de Lobby.

Un Dictador es un tirano, autócrata, cleptocrata, nepotista, etc que abusa de su superioridad, o fuerza o del poder en su relación con los demás. Tiene muchas estrategias para intentar de engañar a su pueblo que a la última hora, dirá la última palabra.

  • Cada Dictador se acapara de la  autocracia

Se trata de modelo de gobierno que conviene a losdictadores. Autocracia literalmente significa a partir de losradicalesgriegosautos (por símismo), kratos (poder), poder por símismo. ES una forma de gobiernoenlacualun único hombreel DICTADORdetieneel poder supremo. Éltienecontrol absoluto en todos los niveles de gobierno, sinelconsentimiento de losgobernados. Políticamentehablando, laautocracia es un término que denota un tipo particular de gobierno absolutista, teniendoun sentido restricto y otro más amplio. El restricto y más exacto se reporta al grado máximo de absolutismo enlapersonalizacióndel poder. El sentido amplio es de ungobierno absoluto con poder ilimitado sobre los súbditos, que presenta una granautonomíaenrelación a cualquierinstitución y a losgobernados. El jefe de estado absoluto es autocrata, por lo tanto, siempre no hayfuerza social capaz de limitar explícita e implícitamente sus poderes políticos.

  •  Cada Dictador abraza a la  Cleptocracia

La palabraCleptocracia, de origengriego, significa literalmente “Estado gobernado por ladrones”. Se habla de lacleptocraciacuando una nacióndeja de ser gobernada por un Estado de Derecho imparcial y pasa a ser gobernada por el poder discricionário de personas que tomaronel poder político enlos diversos niveles y que consiguentransfomarese poder político en valor económico, por diversos modosacumulandosasí y de una forma ilegal losbienesdel Estados Aqui el patrimônio del estado se reparte entre loscleptocratas y acólitos. De ahi, se habla de detentores de Bienes Mal Adquiridosque losdictadoresbuscan de confundir com losbienes legítimos del Pueblo.

El dictadosiempreestàrodeado de un Lobby poderoso para divertirse de losbienesrobadosdel Pueblo dentro del circulo de lacorrupcionbiencanalizado.El Estado pasa a funcionar como una FINCApersonalpertenecienteal TIRANO, el Lobby y sus acolitos que acaparan todos losbienesdel Estado a su antojo. Todos losingresosdel estado van enlas manos del TIRANO, su Lobby y sus acólitos.

  • Cada Dictador lleva el abrigo de nepotismo

Tal como lohemossubrayado anteriormente, la fase “cleptocrática” del Estado ocurrecuandolamayor parte de sistema público gubernamental es capturada por personas que practicancorrupción política. Para meterializardichacorrupcion politica, hace falta reclutar o nombrar membros de la família deldictador y sus acólitos en todos lospuestos clavessintenerencuentael nível académico de cada uno, lo que dá lugar al nepotismo arcaico.

¿Qué es Nepotismo? (del latim nepos, neto o descendiente ) es el término utilizado para designar elfavorecimiento de parientesen detrimento de personas más calificadas, especialmente enlo que concierne al nombramiento o elevación de cargos .El nepotismo es utilizado como sinônimo de laconcesión de privilegios o cargos a parientesenel funcionalismo público. Se distingue del favoritismo simple, que no implica relaciones familiares conel favorecido.

Nepotismo arcaico ocurrecuando, por ejemplo,unoperarioes promovido por tener relaciones de parentesco conaquel que lo promueve de uma forma arcaica, habiendo personas más calificadas y más merecedoras de la promoción.

  •  Cada Dictador es un enemigo de la meritocracia

Para implementar el nepotismo arcaico, el dictador y sus acólitos  se convierten enenemigo numero uno de lasabiduria, es decir de la meritocracia, que denomina vulgarmente de “esquemas Importadas”

La Meritocracia (dellatimmereo, merecer, obtener) es la forma de gobierno basado en el mérito. Las posiciones jerárquicas son conquistadas, en tesis, con base en el merecimiento, y hay una predominancia de valores asociados a la educación, a la ciencia, a la sabiduría y a la cualificación.

La meritocracia está asociada, por ejemplo, al estado burocrático, siendo la forma por la cual los operarios estatales son seleccionados para sus puestos en consonancia con su capacidad (a través de concursos, por ejemplo). O aún – asociación más común – a los exámenes de ingreso o evaluación en las universidades, en los cuales no hay discriminación entre los estudiantes en cuanto al contenido de las preguntas o temas propuestos. Así, la meritocracia también indica posiciones o colocaciones conseguidas por mérito personal.

Una plantilla de una meritocracia es el método científico, en el cual lo que considerado como siendo cierto es justamente definido por el mérito, ó sea, la consistencia del contenido en relación a la observaciones ó la otras teorías.

El principal argumento en favor de la meritocracia es que ella proporciona mayor justicia del que otros sistemas jerárquicos, una vez que las distinciones no se dan por sexo ó raza, ni por riqueza ó posición social, entre otros factores biológicos ó culturales, ni aún en términos de discriminación positiva. Aún existen clases sociales, y los defensores de la meritocracia no pretenden acabar con ellas; pero hay un criterio más justo para la distribución de los estamentos sociales.

Conforme el sufijo "cracia" indica, meritocracia es, estrictamente hablando, un sistema de gobierno basado en la habilidad (mérito) en vez de riqueza ó posición social. En este contexto, "mérito" significa básicamente inteligencia más esfuerzo. Sin embargo la palabra "meritocracia" es ahora frecuentemente usada para describir un tipo de sociedad donde riqueza, renta, y clase social son designadas por competición, asumiéndose que los vencedores, de hecho, merecen tales ventajas. Consecuentemente, la palabra adquirió una connotación de "Darwinismo Social", y es usada para describir sociedades agresivamente competitivas, con grandes diferencias de renta y riqueza, contrastadas con sociedades igualitarias.

Gobiernos y organismos meritocráticos enfatizan talento, educación formal y cualificación, en lugar de diferencias existentes, tales como clase social, etnia, ó sexo.

En una democracia representativa, donde el poder está, teóricamente, en las manos de los representantes electos, elementos meritocráticos incluyen el uso de consultorías especializadas para ayudar en la formulación de políticas, y un servicio civil, meritocrático, para implementarlos. El problema perene en la defensa de la meritocracia es definir, exactamente, lo que cada uno entiende por "mérito". Además de eso, un sistema que se diga meritocrático y no lo sea en la práctica será un mero discurso para mascarar privilegios y justificar indicaciones a cargos públicos. El dictador le gusta argumentos similares en forma de sepulcro blanqueado.

·         Cada Dictador, odia  a la tecnocracia

Para implementar mejor la grandeza Del dictador, La cleptocracia, el nepotismo arcaico, el partido politico ó partido estado, los Lobbys Del dictador recomienda una lucha contra la Tecnocracia moderna, sostenible y rentable para el pais. La tecnocracia significa, literalmente, gobierno de los técnicos, que, por El control de losmedios de producción, tienden a superar el poder político en vez de apoyar sus actividades. La primera manifestación de la tecnocracia es atribuida al sociólogo francés Claude-Henri de Rouvroy, conde de Saint-Simon (1760-1825). Él propuso, em Réorganisation de La Société Européenne, de 1814, La sustitución de la política por La ciencia de La producción, el "gobierno de los hombres" por la "administración de las cosas".

  • Manias de un Dictador

Todas las dictaduras son, por definición, condenables ó por lo menos debieron serlo. Pero parece que muchos "intelectuales", políticos y "progresistas" no están muy de acuerdo con esta definición y en un ejercicio "sublime" de hipocresía atacan las dictaduras de derecha y defienden en nombre de la justicia social los más abyectos totalitarismos de izquierda.

Según los dictadores, el poder tiende a corromper y el poder absoluto corrompe absolutamente. Refiriéndonos a la política, podríamos añadir también un eslogan actual que reza «la potencia sin control, no tiene sentido».
 

Los dictadores se auto-otorgan más valores a ellos mismos que a otros seres humanos. Por ejemple un Dictador dijo en una alocución loa que sigue: «Un hombre como yo nace cada quinientos años, puesto que yo no soy una persona cualquiera»

A pesar de su forma de ser tirano, el dictador tampoco quiere hacer el mal a los suyos. Por ejemplo un Dictador exigió que su esposa (medio analfabeta) formara parte de la Academia de las Ciencias de New York y el Instituto Real de Química y que su nombre apareciera en todas las investigaciones científicas de Rumanía. Mientras tanto, su hijo, también «publicó» diversos volúmenes sobre física nuclear.
 

La mayoría de los  dictadores piensan que son Dioses y por ejemplo uno de entre ellos llegó a ordenar que todas las iglesias de su país colocaran un cartel que decía «Dios en el Cielo, Yo en la Tierra». Otro dictador organizó un evento de 30 millones de dólares denominado la «Feria de la Paz y la Fraternidad del Mundo Libre», donde nombró a su hija como reina y a su hijo de tres años, Coronel...

 

El dictador  practica el canibalismo con algunos de los disidentes a su régimen, ó directamente los arroja como bocado a sus cocodrilos. También prohíbe la entrada a asiáticos en su país, después de recibir la negación de una oriental para casarse con él.

 

Otro Dictador exigió que el libro que él había escrito tuviera el mismo estatus que el Corán en las mezquitas. De hecho, todos los empleados debían memorizarlo para mantener sus puestos de trabajo, y no se podía obtener un permiso de conducir a menos que conocieras todos sus textos al pie de la letra.

 

Durante los terribles mandatos dictatoriales por supuesto no existía ningún otro partido como el del dictador el suyo. Como dice el Dictador, «No hay partidos de la oposición, así que ¿cómo se les puede conceder la libertad?».

  • CONFISCACIÓN Y CONFINAMIENTO.

La confiscación y el confinamiento son medidas de dictadores y tiranos.

La confiscación, según el diccionario jurídico de Ossorio, es la acción y efecto de confiscar, de privar a uno de sus bienes y aplicarlos al fisco. Es cosa distinta de la expropiación por que esta se hace previa tasación e indemnización del valor de lo expropiado, mientras que aquella se efectúa sin reparación ninguna. La confiscación como pena en materia criminal, ha desaparecido en muchas legislaciones, y solo es admitida para casos muy excepcionales la incautación ó decomiso de los géneros cuyo comercio está prohibido ó el de los instrumentos del delito.

La confiscación era asimismo una medida que se adoptaba como consecuencia de la muerte civil, ya abolida en las legislaciones. La confiscación ha sido históricamente una medida empleada con fines políticos por dictadores y tiranos, basta a este respecto recordar las terribles confiscaciones de Sila en la Roma antigua,

Cicerón en sus defensas forenses. Sin embargo, no puede asegurarse que hayan desaparecido completamente, ya que, de modo abierto ó encubierto, han sido utilizadas por los tiranos modernos.

El principio de legalidad, en cuanto al Derecho Penal, establece que: “no hay crimen, no hay pena sin ley”, principio que cumple la función de evitar el poder arbitrario e ilimitado del Estado. Un dictador anuncia además que la confiscación que piensa aplicar será dictada mediante decreto, desconociendo éste principio, que es ante todo una garantía para el ciudadano, pues se le asegura que sólo podrá ser castigado cuando la ley le ha dirigido previamente una advertencia de que el hecho ejecutado por él constituye delito, y por consiguiente, está amenazado con la imposición de una pena Por el principio de legalidad, sólo a través de la ley, que es expresión pública, se pueden establecer qué conductas son consideradas delitos y que penas le corresponden.

Lo que significa que nadie puede ser condenado ni sometido a medida de seguridad por un hecho que no esté expresamente previsto como delito por una ley vigente al tiempo en que se cometió, ni sujeto a penas ó medidas de seguridad penales que no se hallen establecidas en ella. Es decir, que ningún ciudadano puede ser sancionado sino en los casos previstos por una ley, que debe ser anterior al delito, Todos los tipos penales deben estar establecidos en la ley tanto el hecho como la sanción.

Así que su pretensión, el dictador, tendrá que ser aplicada previa aprobación de una ley que admita la confiscación como delito y será aplicada para hechos posteriores. Al menos así lo dice la doctrina penal.
 

 
     
 

III.- LA COMUNIDAD INTERNACIONAL DEBE PONER
FIN A LA DICTADURA

 

AC

*      EL GENOCIDIO PRINCIPAL LABOR DEL DICTADOR

Dentro de nuestro estudio y análisis, hemos constatado que: la marca de la tiranía es la ilegalidad, ó sea, la violación de las leyes y reglas pre-estipuladas por la quiebra de la legitimidad del poder; una vez en el mando, el tirano revoca la legislación en vigor, solapándola con reglas establecidas en consonancia con las conveniencias para la perpetuación  de este poder.

Queremos recordar a los Dictadores que la vida es relativamente corta de las tiranías a la flaqueza inherente de los sistemas que usan la fuerza sin el apoyo del derecho.

El 11 de diciembre de 1946 la Asamblea General de Naciones Unidas adoptó por unanimidad la Resolución 96   en la que se declara: “El genocidio es la negación del derecho a la existencia de grupos humanos enteros, como el homicidio es la negación del derecho a la vida de seres humanos individuales; tal negación del derecho a la existencia conmueve la conciencia humana, causa grandes pérdidas a la humanidad en la forma de contribuciones culturales y de otro tipo representadas por esos grupos humanos y es contraria a la ley moral y al espíritu y los objetivos de las Naciones Unidas”.

En 1948 la Asamblea General de Naciones Unidas aprobó la Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio. La Convención entró en vigor el 12 de enero de 1951 siguiendo lo previsto al respecto en su artículo XIII, segundo párrafo.

La definición del genocidio en el artículo 6 del Estatuto de la Corte Penal Internacional proviene del Artículo II de la Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio: “En la presente Convención, se entiende por genocidio cualquiera de los actos mencionados a continuación, perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial ó religioso, como tal:

·         Matanza de miembros del grupo;

·         Lesión grave a la integridad física ó mental de los miembros del grupo;

·         Sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total ó parcial;

·         Medidas destinadas a impedir los nacimientos en el seno del grupo;

·         Traslado por fuerza de niños del grupo a otro grupo”.

En consecuencia, los trabajos preparatorios de dicha Convención fueron la principal fuente de interpretación de este precepto.

El origen de la definición de crímenes contra la humanidad (art. 7 del Estatuto del CPI) se encuentra en la definición del Estatuto de Londres de 1950, las modificaciones jurisprudenciales de la post- guerra, los Proyectos de Código de Crímenes contra la Paz y Seguridad de la Humanidad y los Estatutos de los Tribunales penales internacionales para la antigua Yugoslavia y Ruanda, así como en las decisiones de estos tribunales han ido introduciendo.

De acuerdo con el artículo 6c del Estatuto de Londres y su aplicación por el Tribunal de Núremberg, los crímenes contra la humanidad presentaron las siguientes características:

·         Debían ser cometidos durante, ó en conexión con una guerra.

·         Los actos debían realizarse contra la población civil, lo que incluía a los propios nacionales y a los nacionales de terceros países.

·         Se trataba de delitos cometidos por personas que actuaban en interés del Estado.

Durante algún tiempo se estimó que los crímenes contra la humanidad debían cometerse por móviles determinados ó contra grupos de personas determinados.

Los crímenes contra la humanidad constituyen las figuras centrales del Derecho Penal Internacional.

El instituto jurídico de los crímenes contra la humanidad surge como mecanismo para proteger bienes jurídicos personales fundamentales frente a los ataques masivos ó sistemáticos realizados con la participación ó tolerancia del poder político.

Los crímenes contra la humanidad son atentados contra bienes jurídicos individuales fundamentales (vida, integridad física y salud, libertad...) cometidos, en tiempos de paz ó de guerra, mediante un ataque generalizado ó sistemático realizado con la participación ó tolerancia del poder político de jure ó de facto.

Los tribunales militares americanos mantuvieron que existe un crimen contra la humanidad “sólo cuando hay pruebas de participación consciente en procedimientos sistemáticamente organizados ó aprobados por el gobierno"(1)

_____________________________

(1).-United States v. Altstoetter, case 3 (“The Justice Case”), en Trials of War Criminals Before the Nuremberg Military Tribunals Under Control Council Law No. 10, Vol. III, US Government Printing Office, Washington, 1951, p. 982) 

 
     
 

IV.-ELEMENTOS JURIDICOS PARA JUZGAR AL DICATDOR

 

 ·        El tipo penal de los crímenes contra la humanidad

El artículo 7 del Estatuto de la CPI define a los crímenes contra la humanidad de la siguiente manera:

A los efectos del presente Estatuto, se entenderá por ‘crimen de lesa humanidad' cualquiera de los actos siguientes cuando se cometa como parte de un ataque generalizado ó sistemático contra la población civil y con conocimiento de dicho ataque:”

MODALIDADES:

 

·         EL ASESINATO

La conducta consiste en dar muerte ó causar la muerte (Elementos de los Crímenes, art. 7 1) a)). La conducta debe ser dolosa y puede cometerse tanto por acción como por omisión. El tipo subjetivo comprende el dolo de matar y el conocimiento de que tal acción contra a una ó más personas hacen parte de un ataque generalizado ó sistemático dirigido contra una población civil.

·         EXTERMINIO

Los Elementos del Crimen definen esta conducta como “dar muerte a una ó más personas”. Intentando distinguirla de la modalidad de asesinato, el exterminio consiste básicamente en un asesinato en masa (Elementos de los Crímenes, art. 7, 1) b) punto 2.). 

·         ESCLAVITUD

Esta modalidad consiste en ejercer uno de los atributos del derecho de propiedad sobre una ó más personas, ó someterlos a un estado de privación de libertad que las reduzca a una situación servil. (Elementos de los Crímenes [30] (54) y el art. 7.2 c). Esta modalidad incluye la trata de personas, en particular de mujeres y niños ([31] (55)). Es menester la conciencia y voluntad de realizar alguna de las conductas descritas con la conciencia de que la misma hace parte de en un ataque generalizado ó sistemático.

·         DEPORTACIÓN Ó TRASLADO FORZOSO DE POBLACIÓN.

Esta modalidad se describe como el destierro ó el traslado por la fuerza, sin motivos autorizados por el Derecho Internacional, mediante la expulsión u otros actos de coacción a una ó más personas, que se hallaban legítimamente en una zona. (Elementos de los Crímenes, art. 7, 1) d) puntos 1 y 2., y art. 7.2.d del Estatuto). Los traslados ó deportaciones se hacen mediante el uso de la fuerza, la coacción ó la amenaza, que pueden ejercerse incluso indirectamente, como cuando se crea un clima de violencia ó intimidación que infunde temor, o mediante la presión psicológica ó el abuso de poder (Elementos de los Crímenes, art. 7, 1) d) punto 1 y nota 8). 

·         ENCARCELACIÓN U OTRA PRIVACIÓN GRAVE DE LA LIBERTAD FÍSICA EN VIOLACIÓN DE NORMAS FUNDAMENTALES DE DERECHO INTERNACIONAL.

Esta modalidad consiste en la encarcelación ó privación de la libertad física de una ó más personas en forma grave, cometido como parte de un ataque generalizado ó sistemático contra la población. (Elementos de los Crímenes, art. 7, 1) d) punto 3.). La gravedad depende del tiempo que dure la privación de libertad y de las condiciones de la misma. 

  •  TORTURA 

Esta modalidad se basa en la Convención contra la Tortura de 1984, pero a diferencia de lo dispuesto en ella (artículo 1), el Estatuto de Roma no exige que el sujeto activo sea funcionario público u otra persona en ejercicio de funciones públicas ó que la conducta sea realizada a instigación suya ó con su consentimiento ó aquiescencia. Y es que los sujetos de los crímenes establecidos en el Estatuto bien podrían ser miembros de organizaciones no estatales. 

*      OTRAS VIOLACIÓNES DEGRADANTES PERPETRADAS POR LOS DICTADORES Y QUE DEBEN SER CASTIGADOS POR LA CPI

 Se trata de: violación, esclavitud sexual, prostitución forzada, embarazo forzado, esterilización forzada u otros abusos sexuales de gravedad comparable 

La violencia sexual ha sido utilizada a lo largo de la historia por los dictadores y sus acólitos como arma de guerra en numerosos conflictos con el fin de desmoralizar al enemigo, causar terror y provocar humillación como medio de intimidación general para conseguir el desplazamiento ó expulsión de la población o inducir el repudio hacia las mujeres dentro de su propio grupo ó su incapacitación física ó mental para procrear, socavando las estructuras familiares y sociales en detrimento de la propia existencia futura del grupo (1).

La violencia sexual fue incluida como crimen contra la humanidad en la Ley 10 del Consejo de Control Aliado y en los Estatutos de los CPIY y CPIR. 

El Estatuto de Roma comprende en esta modalidad diferentes conductas de violencia sexual: 

 La violación consiste en la invasión mediante coacción, amenaza, ó sin consentimiento genuino de la víctima, del cuerpo de una persona mediante penetración, aún insignificante, de cualquier parte del cuerpo de la víctima ó del autor con un órgano sexual, ó del orificio anal ó vaginal con un objeto u otra parte del cuerpo (2)

La esclavitud sexual consiste en obligar a una ó varias personas sobre las que se ha ejercido uno de los atributos del derecho de propiedad de los descritos en el punto 1) c), a realizar actos de naturaleza sexual. 

La prostitución forzada consiste en obligar a una ó más personas mediante la fuerza, amenaza, coacción ó sin su consentimiento genuino, a realizar uno ó más actos de naturaleza sexual, habiendo obtenido ó con la intención de obtener ventajas pecuniarias ó de otro tipo. (Elementos de los Crímenes (art. 7, 1) g)-3). La capacidad de dar consentimiento debe entenderse en el mismo sentido que para el art. 7, 1 g )-1.  

El embarazo forzado consiste en el confinamiento forzoso de una ó más mujeres embarazadas con la intención de modificar la composición étnica de la población ó de cometer otra infracción grave contra el Derecho Internacional. Se requiere por tanto un delito contra la libertad sexual del que se derive un embarazo no deseado, con el objetivo de modificar la composición étnica o con otros fines constitutivos de infracciones graves al Derecho Internacional. 

La esterilización forzada consiste en realizar un tratamiento médico ó clínico de esterilización a la víctima, privándola de la capacidad de reproducción biológica, sin justificación alguna, como en el caso de los experimentos médicos realizados durante la Segunda Guerra Mundial (3) Como el tratamiento debe ser forzado, se deduce además que debe carecer de un consentimiento genuino. Se entiende que el “consentimiento genuino” no incluye el consentimiento obtenido mediante engaño. (Elementos de los Crímenes, art. 7, 1) g)-5, nota 15)

Otros abusos sexuales de gravedad comparable pueden ser otras conductas sexuales coercitivas, siempre que sean de gravedad similar a las citadas anteriormente. 

Las modalidades anteriores deben realizarse con dolo, lo que incluye la conciencia de que la conducta concreta se enmarca en un ataque generalizado ó sistemático contra la población.

 

·         Persecución de un grupo ó colectividad con identidad propia fundada en motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos, de género definido en el párrafo tercero, u otros motivos universalmente reconocidos como inaceptables con arreglo al Derecho Internacional, en conexión con cualquier acto mencionado en el presente párrafo ó con cualquier crimen de la competencia de la Corte.

Dentro de las diferentes posibilidades que ofrece la estructura de la modalidad de “persecución”, el ECPI, y los Elementos del Crimen siguen el criterio del estatuto para la CPIY. La Sala de Primera Instancia de al CPIY interpreta el término “persecuciones” como cualquier forma de discriminación por motivos específicos (raciales, religiosos ó políticos) que induce la violación de un derecho fundamental individual. (4)

La Sala plantea que, dado que el Estatuto de Núremberg definió dos tipos de crímenes contra la humanidad, entre los cuales solo la modalidad de “persecuciones” requería una intención discriminatoria, sería posible añadir una “culpabilidad adicional” a las conductas que incluyen un “acto inhumano”, cuando hubieran sido cometidas por motivos discriminatorios. De esta manera, la CPIY plantea que la “persecución” puede suponer un ilícito distinto, uno que se añade a la conducta consistente en realizar actos inhumanos, o una calificación que comprenda ambas conductas.  El Tribunal finalmente acepta la inclusión de la intención discriminatoria en todas las modalidades de crímenes contra la humanidad. 

De esta manera las “persecuciones” se limitan a otros actos discriminatorios que atentan contra derechos fundamentales distintos de los contemplados expresamente en el art. 5. Posteriormente la CPIY es incoherente con su propia doctrina puesto que en la condena a Duško Tadić, probablemente por la forma en que el fiscal construyó cada uno de los cargos en el acta de acusación, castiga bajo el cargo de “persecuciones” actos de homicidio, lesiones, deportaciones, etc. (5)
 

·         DESAPARICIÓN FORZADA DE PERSONAS

Consiste en la aprehensión, detención, ó mantenimiento de una detención (Elementos de los Crímenes, art. 7, 1) i), nota 18. ), ó el secuestro de personas por un Estado u organización política, ó con su autorización, apoyo ó aquiescencia,  seguido de la negativa de reconocer ó informar sobre la privación de la libertad ó de la negativa a proveer información sobre la suerte ó paradero de esas personas, con la intención de dejarlas fuera del amparo de la ley por un período prolongado.

Tanto la detención, que puede ser legal (Elementos de los Crímenes, art. 7, 1) i), nota 21.), como la negativa a reconocerla ó a dar información sobre el paradero de la víctima, han de realizarse en nombre ó con autorización ó apoyo del Estado ó de la organización política. 

  •  EL CRIMEN DE “APARTHEID”

La mención expresa de este crimen no aparecía entre los crímenes contra la humanidad con anterioridad al ECPI. La mayoría de Estados reconocieron que se trataba simplemente de una especificación de formas de actos inhumanos que de otro modo caerían en todo caso en el ámbito de “otros actos inhumanos” (artículo 7 1) k))

Esta modalidad consiste en cometer alguno de los actos enumerados como Crímenes de lesa humanidad u otro de naturaleza y gravedad semejante contra una ó varias personas en el contexto de un régimen institucionalizado de opresión y dominación sistemática de un grupo racial sobre uno o más grupos raciales con la intención de mantener dicho régimen. 

La conducta debe incluir la conciencia de que los actos forman parte de un ataque generalizado y sistemático con la intención de contribuir al mantenimiento del régimen de apartheid. (Art. 7.2. h) y Elementos de los Crímenes, art. 7, 1) j).)

·         Otros actos inhumanos de carácter similar que causen intencionalmente grandes sufrimientos ó atenten gravemente contra la integridad física ó la salud mental ó física

Esta categoría fue seriamente discutida por su ambigüedad, pero finalmente se mantuvo en el ECPI porque aparecía en muchos precedentes. Consiste en cometer actos de la misma naturaleza y gravedad que los anteriormente mencionados, que produzcan grandes sufrimientos ó un atentado grave contra la integridad física ó la salud mental ó física. 

La conducta debe ser dolosa, lo que comprende el conocimiento de la naturaleza y gravedad del hecho y de que la misma forma parte de un ataque generalizado ó sistemático contra la población. (Elementos de los Crímenes, art. 7, 1) k).

  _______________________________
   
 

(1).- . Bassiouni/ Mccormick, 1996, Sexual Violence. An Invisible Weapon of War in the Former Yugoslavia, International Human Rights Law Institut De Paul University, Chicago 
(2).-(Sobre la definición de “violación” es importante la sentencia de la CPIR contr(1) a Jean Paul Akayesu, y las sentencias de la CPIY contra Delalic -Celebici Judgment, 16 Nov. 1998- párrafo 479 y contra Furundzija -5é°;-
(3).- Judgment Case IT-95-17/1-T, 10 Dec. 1998- párrafo 185
.) 
(Sobre la definición de “violación” es importante la sentencia de la CPIR contr(1) a Jean Paul Akayesu, y las sentencias de la CPIY contra Delalic -Celebici Judgment, 16 Nov. 1998- párrafo 479 y contra Furundzija -Judgment Case IT-95-17/1-T, 10 Dec. 1998- párrafo 185.) 

(4).- Trial Chamber, Opinion and Judgment of 7 May 1997, p. 273, párrafo 697). 
(5).- véase Trial Chamber I: Sentencing Judgement, Dusko Tadic, Case N o IT-94-1-T, 14 July 1997, pp. 15 y ss. y p. 26).

 
     
 
V.- LA EUTANASIA: UN TIRO DE GRACIA CONTRA LA DICTADURA
 

Si el mundo de verdad quisiera luchar contra las dictaduras tendría que tomar medidas draconianas y serías a priori, y no limitarse a pretender juzgar algún dictador a posteriori. Como hemos visto antes ninguna dictadura pueda existir sin un Lobby y su colaboración de una parte más o menos grande de la población. Esta parte que saca pingües beneficios del sistema en forma de prebendas, enchufes, negocios etc., por mucho que sufra el resto de la población -llámela nomenclatura o caciquismo- vive mejor que nunca; y no olvidemos la tajada que sacan las multinacionales y otros empresarios (todos demócratas de boquilla).

La caída de la dictadura implica el fin de la danza que nunca termina con la risa. Una persona honesta, formada, demócrata, amante del bien común y de su pueblo, etc nunca puede tener modalidades de un DICTADOR que no es más que un tirano. Para que los grupos privilegiados dejen de sostener una dictadura -condenándola a su caída - tienen que sufrir tanto como los oprimidos, y esto solamente se pueda lograr con un boicot total sin paliativos. Habrá que TRADUCIR los dictadores y sus acólitos en los tribunales por los delitos cometidos en el desempeño de sus funciones: adjudicación ilícita de bienes pertenecientes al patrimonio del Estado, genocidio, nepotismo arcaico, Autoritarismo, tiranía, cleptocracia, etc.

Si tomando las medidas adecuadas las dictaduras pudieran desaparecer por arte de magia, no se puede decir lo mismo de su aparición. Nunca se ha visto surgir una dictadura en un estado con un sistema democrático razonablemente asentado y con una sociedad aceptablemente sana; al contrario, un golpe de estado militar o revolucionario es, casi siempre, un tiro de gracia a un enfermo en estado terminal.

En cada dictadura existe un mecanismo estratégico bien estudiado y planificado a seguir: Creación de un simulacro partido político (Sin verdaderos militantes, pero obligando a ser militancia a todos los funcionarios, empleados, población vulnerable, discapacitados, alumnos, estudiantes, etc) que tiene el poder del Dictador, grupos de danzas para glorificar a la eternidad de la dictadura, Movimientos políticos y Asociaciones afines (del partido en el poder, el partido estado que acapara todos los bienes del estado, no existe ninguna diferencia entre el partido y el estado) empujado por un grupo de partidos políticos coaligados para engañar al pueblo. El resultado de esta aventura suele ser una grave crisis económica, una inflación galopante, escasez de alimentos, huelgas y violencia, insurrección.

Todo esto combinado con una clarísima manipulación de todos los resortes legales - incluyendo el Tribunal Supremo que cree a menudo una gran inestabilidad política y una oposición creciente dando lugar al levantamiento popular oprimido. Para terminar, ninguna dictadura va acabar en PAZ.

Ante todas las formulas de la dictadura, se pregunta si la eutanasia de la dictadura es el mejor tiro de gracia capaz de poner fin a la dictadura y sus múltiples facetas. Cada dictador, debe ser condenado a prisión por delitos de lesa humanidad, una acusación de genocidio perpetrado durante su gobierno de facto cometidos durante el desempeño de sus funciones. Seria injusto ante el mundo de proteger unos criminales, tiránicos y asesinos envés de llevarles en las cárceles de alta protección para contar los últimos días y minutos de sus vidas.

Alen Nta’a a 6 de Diciembre de 2 013

JUAN MANENE NSOGO

ECONOMISTA Y EXPERTO INTERNACIONAL

PRESIDENTE DEL MLCD

 
     
 
   
 
 
 
     
 

 (*).- Extrait de l’ouvrage Intitulé:
ANALYSE GEOPOLITIQUE ET GEOSTRATEGIQUE

Auteur :  Manene Nsogo Juan
Economiste & Consultant International
Email: Ge-infonet@guineequatoriale-info.net
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